Animales potencialmente peligrosos

Son potencialmente peligrosos los siguientes perros:
a) Perros (con más de 3 meses de edad) de las siguientes razas:
• AMERICAN PIT BULL TERRIER
• AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER
• AKITA INU
• BULLMASTIF
• BULL TERRIER
• DOBERMAN
• DOGO ARGENTINO
• DOGO DE BURDEOS
• FILA BRASILEñO
• MASTíN NAPOLITANO
• PERRO DE PRESA CANARIO
• PERRO DE PRESA MALLORQUIN
• ROTTWEILER
• STAFFORDSHIRE BULL TERRIER
• TOSA INU
b) Perros que sean cruce de las anteriores razas entre sí, o con otras razas.
c) Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo
Comenzar Trámites en Torrent
1º -REGISTRO MUNICIPAL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
https://www.torrent.es/PortalCiudadano/tramites/tramite.do
2º-LICENCIA PARA ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
https://www.torrent.es/PortalCiudadano/tramites/tramite.do
3º PEDIR CITA PREVIA EN EL AYUNTAMIENTO PARA SU TRAMITACIÓN
http://citaprevia.torrent.es:8080/qmatic-booking/#section-0
¿Quién lo puede solicitar?
Las personas residentes en Torrent que deseen ser titulares de perros potencialmente peligrosos, así como aquellas otras que, sin serlo, paseen habitualmente a dichos animales.
Requisitos
- Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
- No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
¿Cuándo solicitarlo?
- En el caso de perros: antes de que cumpla tres meses de vida o un mes desde la adquisición.
Documentación a presentar
Solicitud de licencia inicial
Instancia de solicitud general, acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o tarjeta de extranjero de la persona que vaya a ser titular del animal (siempre persona mayor de edad)
- Declaración firmada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves.
- Certificado de aptitud psicológica y aptitud física que se puede solicitar y obtener en NUESTRO CENTRO AUTORIZADO
- Seguro de responsabilidad civil.
- Copia de la inscripción del animal en el RIVIA –Registro-
- Copia de la Cartilla Sanitaria o Pasaporte del animal, actualizados
- Solicitud firmada de antecedentes penales
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
La documentación se presentará por cada animal para el que se solicite la Licencia.
Solicitudes de renovación cada 5 años
Con antelación de 3 meses a la fecha de terminación de la vigencia de la licencia concedida, se deben presentar:
Instancia de solicitud general, acompañada de la siguiente documentación:
- Copia del Carné de licencia expedido.
- Declaración firmada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves Certificado de aptitud psicológica y aptitud física.
- Copia de la Cartilla Sanitaria o del Pasaporte del Animal.
- Seguro en vigor.
- Solicitud de antecedentes penales.
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
En Torrent el Censo se encuentra en el Departamento de Sanidad en la “Casa de La Dona” Calle Mariano Puig Yago nº 8- teléfono 96.111.11.11
Infracciones y sanciones
1. Infracciones administrativas muy graves:
- Abandonar un animal potencialmente peligroso, de cualquier especie y cualquier perro, entendiéndose por animal abandonado, tanto aquel que vaya preceptivamente identificado, como los que no lleven ninguna identificación sobre su origen o propietario, siempre que no vayan acompañados de persona alguna.
- Tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia.
- Vender o transmitir por cualquier título un perro o animal potencialmente peligroso a quien carezca de licencia.
- Adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas.
- Adiestrar animales potencialmente peligrosos por quien carezca del certificado de capacitación.
- La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos, o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.
2. Infracciones administrativas graves::
- Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío.
- Incumplir la obligación de identificar el animal.
- Omitir la inscripción en el Registro.
- Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena.
- El transporte de animales potencialmente peligrosos con vulneración de lo dispuesto en el artículo 10 de esta Ley.
- La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ley, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.
Tenéis un “descuento especial” si venís en pareja.
Y si es un “perro adoptado” también “descuento especial” con justificación.